Este miércoles 5 de febrero finaliza el período para que los monotributistas realicen la recategorización. El trámite se realiza a través de ARCA, ex AFIP, con el número de CUIT y la clave fiscal.
El plazo para realizar esta gestión comenzó el 15 de enero, y finaliza hoy, 5 de febrero. Este es trámite semestral, es obligatorio para aquellos que hayan experimentado cambios en sus ingresos, alquileres, superficie de local o consumo de energía. ARCA estableció las nuevas categorías y topes de facturación para 2025.
Con la última medición de la inflación se realizó un ajuste, que marcó un 21,13% para el período julio-diciembre de 2024. Así, todos los parámetros del Monotributo se actualizarán con ese porcentaje, lo que implica un aumento en las cuotas mensuales y los topes de facturación de cada categoría.
Cuáles son las nuevas categorías y topes de facturación
Categoría A: de $6.450.000 a $7.812.680
Categoría B: de $9.450.000 a $11.446.486
Categoría C: de $13.250.000 a $16.040.000
Categoría D: de $16.450.000 a $19.920.000
Categoría E: de $19.350.000 a $23.430.000
Categoría F: de $24.250.000 a $29.370.000
Categoría G: de $29.000.000 a $35.120.000
Categoría H: de $44.000.000 a $53.290.000
Categoría I: de $49.250.000 a $59.650.000
Categoría J: de $56.400.000 a $68.310.000
Categoría K: de $68.000.000 a $82.360.000
En cuanto a las cuotas, la categoría más baja (A) del monotributo pasará de $26.600 a $32.220, y el límite de facturación de la categoría K subirá de $68 millones a $82,36 millones.
Cómo hacer la recategorización del monotributo
El proceso es sencillo y se hace a través del portal Monotributo con tu CUIT y clave fiscal. Primero, deberás ingresar a la sección de «Recategorización» y cargar los datos de tu facturación en los últimos 12 meses . Además, el sistema te pedirá información sobre si usás o no un local para tu actividad, y según eso, determinará la categoría que te corresponde.
Este ajuste será válido hasta junio, cuando se realice una nueva recategorización por los cambios acumulados en los primeros seis meses de 2025. Recordá que la recategorización es un trámite semestral, y los plazos se fijaron por la reforma fiscal: enero y julio. Así que si estás al día con tus ingresos y no necesitás modificar nada, podés esperar hasta la próxima oportunidad.