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Las cuotas del Monotributo se ajustan para 2024: lo que hay que saber

Redacción
Por Redacción
Las cuotas del Monotributo se ajustan para 2024: lo que hay que saber

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) de Argentina anunció un cambio para los monotributistas, que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2024.

Esta modificación involucra un incremento del 110,90% en las cuotas mensuales y parámetros de facturación para todos los monotributistas. Este aumento se debe a la actualización anual basada en la movilidad previsional de este año, que ha resultado ser mucho menor que la inflación proyectada para el período, la cual se estima que podría superar el 200%.

En términos prácticos, esto significa por ejemplo que un monotributista de la categoría E, dedicado a servicios, que actualmente paga una cuota de $12.776,61, tendrá que enfrentar un nuevo pago de $26.945,97. Esto representa más del doble de la cuota actual. Si el monotributista necesita ascender a una categoría superior debido al aumento de su facturación, la cuota podría incluso llegar a $33.137,45, lo que indica un incremento sustancial en su carga tributaria.

Con respecto a los límites de facturación para cada categoría, estos también han sido ajustados. La categoría más baja, la A, ahora exige que la facturación sea inferior a $2.108.288. Por otro lado, los límites de la categoría más alta, la K, se han elevado a $16.957.968. Estos cambios en los límites de facturación podrían obligar a muchos monotributistas a cambiar de categoría, lo que traería aparejado un aumento adicional en sus cuotas mensuales. En algunos casos, esto podría incluso forzar a los contribuyentes a pasar al Régimen General si sus ingresos superan los nuevos límites establecidos.

En un esfuerzo por aliviar la carga de los monotributistas, la AFIP suspendió hasta el 31 de diciembre las exclusiones automáticas para aquellos contribuyentes que superen los límites actuales. Sin embargo, existe una incertidumbre considerable sobre cómo se aplicará esta disposición después del 1° de enero de 2024. Además, aún está pendiente la resolución de una promesa hecha por el gobierno anterior, la cual implicaba condonar el componente impositivo a las categorías más bajas del Monotributo. Esta medida fue suspendida temporalmente entre septiembre y diciembre, y las cuotas de estos meses se han reprogramado para pagos en marzo y abril de 2024.

Algunos expertos expresaron su preocupación sobre la suficiencia de estos aumentos. Argumentan que muchos monotributistas podrían encontrarse excluidos del régimen o forzados a recategorizarse y pagar más, no por un incremento en sus ventas, sino simplemente por la escalada de precios. Además, se sugiere que las actualizaciones de las cuotas y límites deberían realizarse trimestralmente para mantenerse alineadas con la realidad económica del país, y también apoyan una reformulación de los procedimientos de exclusión y transición al régimen general, con el fin de aligerar la carga para los contribuyentes.

La AFIP ha publicado el detalle de cuotas para cada categoría del monotributo para el año 2024. Estos montos varían entre categorías, reflejando el rango de ingresos y actividades de los contribuyentes. Estos montos incluyen el impuesto, la jubilación y la obra social.

El proceso de recategorización, según la AFIP, es una revisión de los parámetros que deben realizar los monotributistas para determinar si se mantienen en la misma categoría o necesitan hacer un ajuste. La AFIP ha establecido un proceso para la recategorización, que se debe realizar cada seis meses, en enero y julio. Los contribuyentes deben evaluar su actividad de los últimos 12 meses y, si hay cambios significativos en sus ingresos o en otros parámetros relevantes, deben ingresar al sitio web de la AFIP con su clave fiscal para realizar el proceso de recategorización. Si no se hacen cambios, se entiende que el contribuyente permanece en la misma categoría.

Los parámetros de ingresos brutos que deben utilizar los monotributistas para determinar su categoría quedarán entonces actualizados a partir del 1° de enero de 2024, y establecidos en los siguientes valores:

Venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios:

CATEGORÍATope Anual de facturaciónMensual
A$ 2.108.288,0112.128,39
B$ 3.133.941,6313.561,75
C$ 4.387.518,2315.503,51
D$ 5.449.094,5519.497,94
E$ 6.416.528,7226.945,97
F$ 8.020.660,9033.137,61
G$ 9.624.793,0538.694,95
H$ 11.916.410,4566.111,51

Venta de cosas muebles:

CATEGORÍATope Anual de facturaciónMensual
I$ 13.337.213,2281.121,96
J$ 15.285.088,0493.619,47
K$ 16.957.968,71106.964,65

Fuente AFIP

ATE
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