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Retención de licencia de conducir por deuda alimentaria en Cipolletti

Redacción
Por Redacción
Retención de licencia de conducir por deuda alimentaria en Cipolletti

Un padre cipoleño que adeudaba la cuota alimentaria desde agosto de este año fue sancionado con la suspensión y retiro de su licencia de conducir. Esta medida, tomada por el fuero de Familia de la ciudad, es respuesta directa al incumplimiento de los deberes parentales, fundamentales para el bienestar y desarrollo del menor involucrado.

El proceso judicial se desencadenó a raíz de una denuncia realizada por la madre del menor, la cual condujo a una presentación por parte de la defensa pública en septiembre. La justicia, al revisar el expediente del sujeto en cuestión, determinó la ausencia de bienes o empleo en relación de dependencia, lo que complicaba la ejecución de medidas estándar como embargos o subastas.

La decisión judicial se fundamenta en la ley provincial N° 4241, de Protección Integral contra la Violencia en el ámbito de las Relaciones Familiares. Según el inciso e del artículo 8 de esta ley, se considera un acto de violencia económica familiar la omisión en el cumplimiento de los deberes alimentarios, lo que a su vez constituye una vulneración a los Derechos Humanos de los hijos. En este sentido, la falta de prestación por parte del progenitor es vista como un claro caso de violencia económica.

Como parte del procedimiento, el padre fue intimado a fines de agosto para regularizar su deuda. Sin embargo, no se presentó ni realizó los pagos correspondientes. Ante la falta de información sobre un empleo formal o bienes registrables, la justicia estimó que la retención del carnet de conducir era una medida razonable y efectiva para impulsar el cumplimiento de la obligación alimentaria. Para implementar esta medida, se enviaron oficios a la municipalidad de Cipolletti y a la Policía de Río Negro.

Las demandas por alimentos son frecuentes en el fuero de Familia, y el objetivo principal es garantizar los derechos de niños, niñas y adolescentes. La normativa vigente contempla diversas medidas para asegurar el cumplimiento de las cuotas alimentarias. En casos donde es difícil localizar a los progenitores, las demandas pueden extenderse a los abuelos.

Este caso destaca la importancia del rol de los jueces de Familia, la defensa pública y la defensa de menores en las causas por alimentos. Muchos de estos reclamos se resuelven a través de la mediación, que en Río Negro es gratuita y obligatoria para determinados procesos.

En Neuquén

El Registro Provincial de Deudores Alimentarios Morosos (RePDAM), instaurado por la Ley 2333 y operativo desde 2001 en Neuquén, es el sistema jurídico que registra a individuos con obligaciones alimentarias incumplidas. Este registro incluye a quienes adeudan al menos dos cuotas de manutención, ya sea consecutivas o alternadas, en un año. La ley define la manutención como necesidades básicas como habitación, vestimenta, asistencia médica y, en caso de menores de edad, educación.

La inscripción en el RePDAM, solicitada judicialmente por el acreedor alimentario, conlleva severas restricciones para el deudor. Entre estas se incluyen la imposibilidad de obtener ciertas habilitaciones, licencias, o ser proveedor de entidades estatales; restricciones en operaciones bancarias y financieras; y limitaciones para postularse a cargos electivos o judiciales.

Por otro lado, el RePDAM emite certificados de «libre deuda», confirmando si una persona está o no registrada como deudor alimentario. Estos certificados se pueden obtener gratuitamente en persona o en línea. La oficina del registro, ubicada en Carlos H. Rodríguez 90, 2º Piso, Neuquén Capital, brinda atención de 8 a 15 hs. Para más información, se puede consultar esta web, desde donde además se puede obtener solo con DNI, el estado o certificado de Deudores Alimentarios Morosos.

ATE
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